¿Cómo se reparte la herencia?
En la herencia, los bienes del difunto deben dividirse en tres partes;
1.- la legítima: es la porción de bienes que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos, normalmente los hijos. Corresponde a un tercio de los bienes.
2.- la mejora: es el caudal hereditario de la que puede disponer voluntariamente el testador para mejorar la «porción» de los bienes de la herencia a favor de uno o varios de los herederos forzosos o los descendientes de éstos (nietos). Corresponde a otro tercio de los bienes.
3.- la libre disposición: es una parte de la herencia de la que el testador puede disponer libremente en favor de herederos forzosos o terceras personas ajenas a su sucesión natural, como son amigos, sobrinos, cofradías, organizaciones religiosas, fundaciones, etc.
Entre todos ellos se alcanzará un acuerdo para formar la relación de bienes y derechos que componen la herencia (formación de inventario) y su reparto. Si no llegan a un acuerdo, será el juez quien lo haga a petición de cualquiera de ellos.